DCH-Departamento de Prestaciones y Servicios

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Con el propósito de facilitar la localización de información dentro de este portal, se presentan a continuación las preguntas más recurrentes que formulan nuestros usuarios, esperando le asistan atinadamente en su búsqueda.

Ahorro

Ahorro solidario

I. ¿Quién puede solicitar el ahorro solidario? Todo trabajador que en ​abril de 2007 eligió el bono de pensión o bien ingresó al Gobierno Federal después de esa fecha.

II. ¿Con quién debo dirigirme para solicitarlo? En el área de Capital Humano de su lugar de adscripción.

III ¿Cuánto es lo máximo que un trabajador puede aportar para el Ahorro Solidario (descuento del concepto 84)? Puede aportar hasta el tope de 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA)

IV. ¿En dónde puedo obtener el formato que debo de llenar para optar por el beneficio de ahorro solidario?

Descargar Formato para solicitar el Ahorro Solidario. ingrese aquí..
Cedula

Cédula de Registro-Compatibilidad-Movimietos ante el ISSSTE

I. ¿Para tramitar la Cédula de Registro es necesario presentar originales y copias de los documentos requeridos? Sí es necesario para realizar el cotejo, devolviéndose los originales al interesado, a excepción del acta de nacimiento que se integrará al expediente que se forma del personal de nuevo ingreso.

II. ¿Qué puedo hacer si me falta algún documento para solicitar la Cédula de Registro? Presentar constancia oficial de haber solicitado duplicado de la documentación faltante.

III. ¿Qué tipo de fotografías se deben presentar para la Cédula de Registro? Tamaño infantil a color con fondo blanco.

IV. ¿Si tengo otro empleo, puedo trabajar adicionalmente en el Instituto Politécnico Nacional? Si cumple con las condiciones de compatibilidad de empleos es posible. Consultar siguiente enlace..

V. ¿En cuántos tantos se debe presentar la Solicitud para Compatibilidad de Empleos?
Se sugieren 4 originales para distribuir de la siguiente manera: .

VI. ¿Cuánto tiempo de traslado debe considerase entre los diferentes centros de trabajo para la compatibilidad de empleos? Para lugares cercanos, mínimo media hora y para lugares lejanos, mínimo una hora.

VII. ¿Quién valida la información que se registra en la Compatibilidad de Empleos? Inicialmente el Jefe de Capital Humano o su equivalente de la unidad de adscripción (escuela, centro, unidad, clínica, etc.) y posteriormente el Director de Capital Humano o su equivalente de cada Dependencia (IPN, SEP, SS, SEGOB, SHCP, etc.).

Descargar formato para Compatibilidad de Empleo

VIII. ¿Cómo puedo saber si estoy dado de alta o registrado en el ISSSTE? Consultando con la Clave Única de Registro de Población C.U.R.P. en la página web del SINAVID

Consultar página del SINAVID

IX. ¿Si estoy registrado en el ISSSTE, qué debo de hacer? Dirigirse a la Clínica que le corresponde a Vigencia de Derechos para abrir su expediente ante el ISSSTE.

XI. ¿Si no estoy registrado en el ISSSTE, qué debo de hacer?

Consulte el siguiente enlace, ingrese aquí...
Credencial

Credenciales

I. ¿Qué necesito para tramitar la credencial de identificación como trabajador del IPN? Si es personal con menos de 6 meses de haber ingresado al IPN, dirigirse a su área de capital humano o servicios administrativos de su centro de trabajo para solicitar la credencial. Por el momento sigue suspendido el trámite físicamente, lo más conveniente es obtener la credencial digital, para ello podrá descargar la guía de pasos en el siguiente enlace

Guía de pasos para descargar la Credencial Digital
Enlace

Enlace ISSSTE

I. No sé qué AFORE me corresponde, nunca me han llegado estados de cuenta, ¿Qué puedo hacer?, ¿En dónde tengo que presentarme? Primero deberá localizar en que AFORE se encuentra su Fondo de Ahorro, así como Fondo de Vivienda.**

Primero localizar en qué AFORE se encuentra su Fondo de Ahorro, así como el Fondo de Vivienda, con los siguientes pasos:

Deberá comunicarse al siguiente No. telefónico de SARTEL: 551328-5000 y tener a la mano copia de su CURP o también puede ingresar a la página: www.e-sar.com.mx/PortalEsarpublicconsultaAforeInicio.do

Ya identificada, debe de acudir a la AFORE que le corresponde la cual puede ser PENSIONISSSTE, una Aseguradora o Banco, solicitar el último estado de cuenta y realizar el tramite correspondiente.

II. ¿Yo no elegí Régimen Pensionario y no tengo Licencias, me corresponde el Régimen Pensionario de Cuenta Individual o Décimo Transitorio?, ¿Cuál es el Régimen que me corresponde?. Deberá solicitar una Constancia de Servicios del IPN en la ventanilla única del Departamento de Prestaciones y Servicios, ubicado en Av. de los Maestros S/N, Col. Plutarco Elías Calles, Alcaldía Miguel Hidalgo. C.P.11350, de lunes a viernes de 08:30 a 14:30 y de acuerdo a los dos primeros dígitos de su código postal de su domicilio, acudir a la subdelegación del ISSSTE que le corresponde para que le informen cuál Régimen Pensionario le será asignado de acuerdo su trayectoria laboral.

III. ¿Quién realiza el cálculo del Bono de Pensión? Para conocer quién realiza este cálculo tendrá que acudir a la subdelegación del ISSSTE que le corresponde, para que le informen el monto del Bono de Pensión que le corresponde, las oficinas serán de acuerdo a los dos primeros dígitos de su código postal, podrá consultar el siguiente enlace https://www.ipn.mx/assets/files/dps/docs/EnlaceISSSTE/ISSSTEOFICINAS.pdf

IV. ¿Puedo cobrar el Seguro de Retiro con 14 años 10 meses de servicio? El pago del seguro se realizará de acuerdo a la siguiente tabla:

EDAD

AÑOS DE SERVICIO

A) Para régimen 10° transitorio 2022-2023

Hombres

57 minímo

30 o más

Mujeres

55 minímo

28 o más

B) Por edad

Hombres

60 minímo

18 o más

Mujeres

60 minímo

15 o más

C) Separación voluntaria

Hombres

65 o más

10 años como minímo

Mujeres

65 o más

10 años como minímo

V. ¿Cuáles son los requisitos para poderme jubilar o pensionar por cuentas individuales? Se puede jubilar de acuerdo a la siguiente tabla en Renta Vitalicia.

EDAD

AÑOS DE SERVICIO

A) Para régimen de Cuenta Individual 2022-2023

Hombres

57 minímo

25 o más

Mujeres

55 minímo

25 o más

B) Por edad (cesantía o edad avanzada)

Hombres

60-65

25 o más

Mujeres

60-25

25 o más

Para ambos casos se tiene que contar con el saldo mínimo solicitado en el AFORE, Banco o Aseguradora este cambia cada 1° de febrero de cada año por el ISSSTE

Si el trabajador opta por el Seguro de Retiro Anticipado podrá retirarse de manera anticipada sin cumplir con los requisitos anteriores, si cuenta con el saldo suficiente para obtener una pensión superior al 30% de la Pensión Garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de sobrevivencia. Conservara el derecho del Servicio médico.

Estimulos

Estímulos IPN-SEP

I. ¿Qué antigüedad debo tener para que el IPN me otorgue un estímulo económico?

II. He ocupado plazas docentes y administrativas, ¿Tengo derecho al pago de estímulos? Si, ¿Cuáles? No, ¿Por qué? Para efectos IPN no se diferencian las plazas ocupadas y el estímulo que se otorga será en base a la plaza que este ocupando.

III. ¿Qué trámite debo de realizar para que el IPN me otorgue el pago de estímulos? Este pago es automático y se otorga una quincena después de cumplir con la antigüedad requerida.

IV. Si he laborado en otra Dependencia, el IPN me otorga un estímulo económico sumando las antigüedades de ambas dependencias. Si, ¿Cuáles? No, ¿Por qué? No, ya que estos premios se otorgan por cumplir años de servicio en el IPN únicamente.

V. Tengo descuento por pensión alimenticia, si me otorgan un estímulo económico, también me descuentan el porcentaje correspondiente. Si, ya que el descuento de pensión alimenticia abarca todos los rubros concernientes a prestaciones.

VI. ¿A quiénes se les entrega la Onza Troy, Medalla de Plata y el Centenario?

VII. ¿Qué antigüedad debo tener para que la SEP me otorgue un estímulo económico?

VIII. He ocupado plazas docentes y administrativas, ¿Tengo derecho al pago de estímulos que otorga la SEP? Si, ¿Cuáles? No, ¿Por qué? Para obtener los reconocimientos docentes hay que cumplir con toda la trayectoria laboral con plaza y funciones docentes.

IX. ¿Qué trámite debo realizar para que la SEP me otorgue el pago de estímulos? Es requisito indispensable presentar la solicitud del premio, la cual se da a conocer con la Convocatoria que la Oficialía Mayor de la SEP, misma que puede ser consultada a través de la página del Departamento de Prestaciones y Servicios en los meses de octubre y noviembre.

X. Si he laborado en otra Dependencia, la SEP me otorga un estímulo económico sumando las antigüedades de ambas dependencias. Si, ¿Cuáles? No, ¿Por qué? Es permisible sumar antigüedad acumulada en la SEP para obtener los reconocimientos docentes, en los casos de 40 años, también es permisible sumar antigüedades acumuladas en instituciones particulares, siempre y cuando estén incorporadas a la SEP.

XI. Tengo descuento por pensión alimenticia. ¿Si me otorgan un estímulo económico también me descuentan el porcentaje correspondiente? Si, ya que el descuento de pensión alimenticia abarca todos los rubros concernientes a prestaciones.

XII. ¿Cuáles son los importes de los premios que otorga la SEP? Son los establecidos por dicha dependencia.

Consultar convocatorias
Hojas

Hojas y Constancia de servicio

I. ¿Qué trámites debe realizar un trabajador que se jubila?

Ver guía de jubiliación

II. ¿Cuándo el ISSSTE calcula el monto de una pensión, también toma en cuenta la prima de antigüedad o (quinquenio)? Sí, se considera el concepto 07 + quinquenio de su comprobante de percepciones y descuentos. Y es el promedio de los sueldos percibidos en el último año cotizado; es decir, la anualidad.

III. ¿A qué se refiere, cuando una persona se pensiona con Tope Salarial? Que su pensión no podrá exceder 10 veces el salario mínimo vigente a la fecha en que el trabajador cause baja.

Liquidaciones

Liquidaciones y Pagos diversos

I. ¿El IPN realiza pago de marcha? No. El Instituto tiene la prestación de ayuda por defunción a familiares que es para los trabajadores vigentes, y el pago por defunción que se otorga a los beneficiarios designados por el trabajador.

II. ¿El pago de guardería es para todos los trabajadores del IPN? No. Esta prestación está dirigida a las trabajadoras para el PAAE con nombramiento de base y trabajadoras docentes con 18hrs. mínimo de base, y el caso de que algún trabajador tenga la patria potestad del menor(es).

Descargar formato de Solicitud de Guardería

III. ¿Puedo solicitar el pago de canastilla maternal y pago de guardería en línea? Si. La documentación requerida debe estar certificada por el frente por el área de Capital Humano de su escuela o centro trabajo.

IV. ¿Qué tengo que hacer para recibir la gratificación que otorga el Instituto cuando me jubile?

Únicamente solicitar la Hoja Única de Servicios y 30 días posteriores a la fecha de baja en el sistema se otorga la prestación.

V. ¿Cómo puedo saber cuál será el monto de mi jubilación? Puede consultarlo en el Simulador de Jubilación, el cual le dará un aproximado del monto, deberá tener a la mano su talón de pago para realizar la consulta.

Ver Simulador de jubilación
Seguros

Seguros

I. ¿Tiene algún costo el seguro de Vida Grupo? El seguro de Vida Grupo es sin ningún cargo al trabajador.

II. ¿Tiene algún costo el seguro de Vida Institucional? El Seguro de Vida Institucional correspondiente a la suma básica es sin costo para el trabajador, cuando éste solicite potenciar a 34, 51 o 68 meses adicionales se genera un cargo que debe pagar el trabajador.

III. ¿Existen fechas específicas o periodos para que el trabajador realice cambio de beneficiarios? El trabajador puede solicitar cambio de beneficiarios en cualquier momento.

IV. ¿Puedo renunciar en cualquier momento a la potenciación del seguro de vida institucional? El trabajador puede renunciar a la potenciación en cualquier momento.

V. ¿Puedo cobrar seguro por pérdida de miembros en el seguro de vida grupo? El trabajador si puede cobrar seguro por pérdida de órganos en el Seguro de Vida Grupo, siempre y cuando se apeguen a las Condiciones Generales de este Seguro.

VI. ¿Es importante mantener actualizados nuestros diferentes seguros? Es muy importante mantener actualizados los diferentes seguros.

VII. ¿Quién tiene derecho a cobrar el seguro de retiro? El trabajador que se jubila tiene derecho al Seguro de Retiro, siempre y cuando cumpla con los requisitos que marcan las Condiciones Generales de este Seguro.