El IPN otorgará a las trabajadoras del personal no docente, cuando no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) del IPN, por cada hijo(a) de 45 días de nacido hasta los seis años de edad, la cantidad de $1,540.00 (Un mil quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) mensuales.
El IPN pagará a las trabajadoras académicas de base con 18 o más horas de nombramiento, por concepto de servicio de guardería en caso de que no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil del Instituto o del ISSSTE, el importe de $1,540.00 (Un mil quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) mensuales, por cada hijo(a) de 45 días a seis años de edad.
Esta prestación se hará extensiva a los trabajadores que tengan la custodia legal de los menores y al personal académico del turno vespertino que tenga derecho a la misma y a las trabajadoras de las unidades foráneas.
Cuando un menor cumpla los seis años, dentro del ciclo escolar, se prolongará su permanencia en el CENDI o el subsidio, hasta el término del mismo.
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