DCH-Departamento de Prestaciones y Servicios
Oficina de Liquidaciones y Pagos diversos
Pago de Guardería
Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación (PAAE)
El IPN otorgará a las trabajadoras del personal no docente de base, cuando no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) del IPN, por cada hijo(a) de 45 días de nacido hasta los seis años de edad, la cantidad de $1,694.00 (Un mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.) mensuales.
Esta prestación se hará extensiva a los trabajadores que tengan la custodia legal de los menores y al personal del turno vespertino que tenga derecho a la misma.
Puntos de Acuerdo de la comisión central mixta paritaria IPN-SNTE sección 60 revisión salarial 2023-2024 para el trámite de Guardería, consultar aquí...
Personal Académico
En caso de que no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil del Instituto o del ISSSTE, el IPN pagará por concepto de guardería el importe de $1,694.00 (Un mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.) mensuales, por cada hijo(a) de 45 días a seis años de edad, a las y los trabajadores académicos de todas las Dependencias del IPN con nombramiento de base más horas de interinato donde la suma de ambas sea mínimo de dieciocho horas, considerando que las horas de interinato deberán haber asignadas durante dos semestres consecutivos.
Esta prestación se hará extensiva a los trabajadores que tengan la custodia legal de los menores, así como a las y a los trabajadores académicos por CENDI no cerca, no cupo y turno vespertino, que tengan derecho a la misma, así como al personal docente de las unidades foráneas.
Atención al publico: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30hrs. Extensión: 63260
» El Formato Universal es el resultado de la solicitud por Oficina Virtual y servirá únicamente como ACUSE.
Requisitos:
- Solicitud de pago de servicio de guardería. Descargarla aquí....
- Copia del último comprobante de percepciones y descuentos de la o el derechohabiente. Descargarlo aquí...
- Oficio de la Unidad de Adscripción, solicitando el pago de la prestación.
- Constancia de horario de trabajo expedida por la autoridad correspondiente.
- Copia simple del acta de nacimiento del niño(a), cotejada por la Unidad de Adscripción.
- Oficio por no cupo en el grupo del CENDI expedido por la Coordinación de Centros de Desarrollo Infantil.
- Oficio expedido por la Coordinación de Centros de Desarrollo Infantil, informando que no hay servicio en turno vespertino
- Oficio por CENDI no cerca expedido por la Coordinación de Centros de Desarrollo Infantil para dependencias politécnicas ubicadas en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México.
- En el caso de los centros foráneos presentar oficio de solicitud de pago, firmado por el director de la Unidad, especificando la problemática que tenga el trabajador (a) para solicitar un lugar en una Estancia para el Bienestar y Desarrollo Infantil (EBDI) del ISSSTE
En todos los casos, cuando la autoridad competente conceda la custodia por adopción de la niña o el niño, se deberá acreditar la situación con la carta de adopción
Ver todos los trámites y servicios
Notas importantes:
- En el caso de que ambos padres sean trabajadores del IPN, solo se dará la ayuda a cada hijo (a) que se encuentre en esa situación y no a cada padre, toda vez que dicha prestación es en beneficio del hijo (a).
- Al ingresar el niño (a) a un Centro de Desarrollo Infantil o a una Estancia para el Bienestar o Desarrollo Infantil (EBDI) del ISSSTE, los derechohabientes deberán de notificarlo por escrito a la Dirección de Capital Humano para la suspensión de la prestación.
- La prestación se otorga todo el año y se renueva cada inicio de ciclo escolar hasta que el niño (a) cumpla 6 años de edad, sin posibilidad de prórroga.
- La Secretaria de Educación Pública (SEP) publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2006, el Decreto de la Ley General de Educación, en el Capítulo VII, Sección 1.- De los padres de familia, Artículo 65, fracción segundo párrafo, lo siguiente:
- La edad mínima para ingresar a la educación básica en el nivel preescolar es de 3 años y para nivel primaria 6 años, cumplidos al 31 de diciembre del año de inicio del ciclo escolar.
- El pago se obtiene dos quincenas posteriores a la fecha de presentación de los documentos por las UAA, ante el Departamento de Prestaciones y Servicios de la División de Trayectorias del Personal de la Dirección de Capital Humano.
- Se otorga a las trabajadoras que tengan una antigüedad de seis meses interrumpidos y cuyo nombramiento en la(s) plaza(s) que ostente sea: *Definitivo (10) *Provisional (95) *Prorroga de nombramiento (97).
- El importe se modificará de acuerdo con lo establecido en los Convenios de Revisión Salarial y Prestaciones correspondientes.
- El pago de esta prestación se otorga por cada hijo y hasta un máximo de tres.